Multan a una compañía de seguro por ejercer su derecho de defensa de modo abusivo
Según el tribunal, la empresa adoptó un comportamiento subjetivamente impropio y éticamente reprochable, compatible con la intención de demorar el pago del riesgo cubierto. (Causa: “Baez, Pablo Daniel c/ Del Basso, Marcos Eduardo – Abreviado - Daños y perjuicios - Accidentes de tránsito - Trámite oral”.Fecha: 25 de marzo de 2024. Resolución: Sentencia n.° 30).
Es de recordar que las compañias de seguro invierten sus fondos en en los títulos públicos y los fondos comunes de inversión. En el caso de las ART y las compañías de retiro, el 50% de sus inversiones están destinadas a los títulos públicos, lo que conlleva a que "prefieran" funcionar como verdaderas organizaciones financieras y buiscar la renta financiera, dejando de lado las funciones que hacen a su objeto social.